Archivo por días: septiembre 19, 2013

Ley perros potencialmente peligrosos

Ley perros potencialmente peligrososSegún el la Ley realizada para perros potencialmente peligrosos según Real Decreto 287/2002 por el que se desarrolla la Ley50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos las razas consideradas de perros potencialmente peligrosos a nivel nacional son: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American StaffodshireTerrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu y cruce de las mismas.

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Por otra parte, aquellas citadas individualmente por normativas autonómicas son: Bóxer, Bullmastiff, Dobermann, Dogo de Burdeos, Dogo del Tíbet, Mastín Napolitano, Tosa Japonés, Presa Canario y Presa Mallorquín y cruce de las mismas.

No obstante, es importante recomendar la contratación de un seguro de responsabilidad civil también para aquellas razas que aun NO siendo citadas explícitamente pueden ser reconocidas como peligrosas,debido a que así lo dice la Ley para perros potencialmente peligrosos.
Madrid

Se regula mediante el decreto 197/1999 (más antiguo que la norma nacional) y fija la cuantía del seguro de responsabilidad civil en 120.202,42 Euros. Dicho decreto considera como razas de guarda y defensa además de las citadas anteriormente a las siguientes: Boxer, Bullmastiff, Dobermann, Dogo de Burdeos, Dogo del Tibet, Mastín Napolitano, Presa Canario y Presa Mallorquín. Curiosamente deje fuera de la lista a razas como el Akita Inu o el Tosa Inu.

Castilla-León

Rige el decreto 134/1999. La cuantía obligatoria en este caso para el seguro se fija en 180.303,63 €, superior por tanto a la norma nacional. En cuanto a las razas incluye las mismas que la norma estatal añadiendo el Dogo del Tibet y sin citar el Akita Inu.

Cantabria

Se regula mediante el decreto 64/1999. La normativa es análoga a la de la comunidad de Madrid.

Cataluña

La ley 10/1999 recoge la normativa en esta comunidad. La cuantía del seguro se fija en 150.253,03 €. Destaca la inclusión de la raza Tosa Japonés como considerada peligrosa. Incluye todas las de la norma estatal además de Bullmastiff, Dobermann, Dogo de Burdeos, Mastín Napolitano y Presa Canario.

Galicia

Esta comunidad dispone de una normativa mas reciente mediante el decreto 90/2002. La cuantía del seguro obligatorio para perros peligrosos se fija en 125.000 Euros. En cuanto a las razas incluye las mismas que la norma estatal añadiendo Bullmastiff, Bull Terrier, Dobermann, Dogo de Burdeos, Dogo del Tibet, Mastín Napolitano, Presa Canario y Presa Mallorquín.

Valencia

Está en vigor el decreto 145/2000. Fija la responsabilidad civil en (120.202,42 Euros) e incluye las mismas razas que Galicia salvo el Dogo del Tibet y el Akita.

Ante la disparidad de las legislaciones las compañías aseguradoras suelen fijar un límite de indemnización por responsabilidad civil que sea válido en todas las comunidades autónomas. Por ello suelen ofrecer para asegurar a los perros coberturas por encima de los 180.000 Euros y suelen incluir a todas las razas citadas anteriormente.

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